Cuando lo público también es privado: comentario al Rol N.o 40.465/2021 de la Corte de Apelaciones de Santiago, confirmado el 17 de febrero de 2023 sobre privacidad y divulgación de datos personales
Palabras clave:
Vida privada, privacidad, datos personales, recurso de protecciónResumen
El presente comentario analiza una de las nociones de derecho a la vida privada del numeral 4o del artículo 19 de la Constitución Política, utilizada por la Corte de Apelaciones de Santiago en un caso de diseminación de datos personales. Se aborda su relación con algunos exponentes de la doctrina chilena. Esta sentencia resuelve un caso sobre diseminación de datos privados del gerente de una persona jurídica por parte de un sitio web dedicado a facilitar diversas vías para efectuar reclamos. Estos datos se encontraban disponibles y al acceso de los interesados. La particularidad de la decisión radica en la extensión de la idea de privacidad a casos de sobreexposición malintencionada de información referida a personas que cumplen una determinada función. Este criterio inusual y novedoso en la forma de entender el alcance del derecho a la vida privada requiere del análisis del caso a la luz de una sistematización diferente a las mencionadas. Para ello, se recurre a las categorías propuestas por Daniel Solove en su obra Understanding Privacy, que fueran traídas hace más de una década a la doctrina nacional por Rodolfo Figueroa, como modo de obtener un mejor entendimiento frente a casos como el que se comenta.